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Effective October 1st, 2021

Las oficinas de la corte estarán abiertas de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., de lunes a viernes

Derecho familiar

Corte de derecho familiar

Las cortes de derecho familiar tienen jurisdicción sobre todos los casos relacionados con la disolución del matrimonio, la separación legal, la anulación, la paternidad, la violencia en el hogar, la custodia de los hijos, los regímenes de visitas y la manutención. Otros servicios de apoyo incluyen mediación en el lugar, asistentes de derecho familiar en el lugar y un panel de abogados calificados que se encargan de las conferencias de conciliación.

Proceso de resolución de casos de derecho familiar

A partir del 1.º de enero de 2013, todas las cortes familiares de California se rigen por el proceso de “resolución de casos centrada en la familia”. Este proceso de administración de casos tiene como objetivo un acuerdo temprano, fechas de juicio más rápidas, gastos reducidos de litigios y una mejor asistencia a las familias. Su caso se manejará a través de una o más Conferencia de estado de caso en las que las partes, los abogados y un funcionario judicial discutirán un "plan de resolución de casos".

Asistente de derecho familiar

El asistente de derecho familiar es un abogado que está capacitado para brindar asistencia procesal a las personas que se representan a sí mismas en la corte familiar. El asistente de derecho familiar no lo representará en una audiencia judicial, pero puede ayudarlo a preparar sus formularios judiciales para esa audiencia o las órdenes después de la audiencia. Asistente de derecho familiar

Consejero que recomienda la custodia de los hijos

Cuando los padres se separan o se divorcian, es necesario tomar decisiones sobre dónde vivirán los niños y cómo los cuidarán. Estas son decisiones importantes. A veces son las más difíciles. La ley de California establece que cuando los padres no pueden llegar a un acuerdo, primero deben reunirse con un mediador profesional antes de poder ir a la corte. Información sobre el asesoramiento de recomendaciones para la custodia de los hijos

Tipos de casos de derecho familiar

TENGA EN CUENTA: Para la disolución del matrimonio o la separación legal en California, solo hay dos motivos legales. El primero es "diferencias irreconciliables", lo que significa que al menos una de las partes afirma que el matrimonio no puede salvarse. El otro motivo es la "locura incurable" que, al contrario de las diferencias irreconciliables, debe probarse.

Disolución del matrimonio (divorcio):

Una disolución del matrimonio, que se conoce más comúnmente como divorcio, pone fin al matrimonio y resuelve las cuestiones matrimoniales, incluida la custodia de los hijos, el régimen de visitas, la manutención de los hijos, la manutención del cónyuge, la división de los activos y las deudas (bienes muebles e inmuebles), la restitución del nombre anterior, las órdenes de restricción y otras cuestiones identificadas por las partes. Debe esperar 6 meses a partir de la fecha en que se entregaron los documentos de divorcio al demandado. Después, tendrá que enviar la documentación del fallo a la corte para que la firme un juez antes de estar legalmente divorciado. Para conocer las cuotas de presentación, haga clic aquí.

Disolución sumaria:

Si usted y su cónyuge están de acuerdo en que quieren divorciarse, pueden obtener una disolución sumaria. Los criterios para una disolución sumaria incluyen:

  • Estuvieron casados menos de cinco años,
  • No tuvieron hijos durante el matrimonio,
  • Tienen muy pocos bienes y deudas en conjunto.

Separación legal:

La separación legal es similar a la disolución del matrimonio, salvo que las partes siguen casadas entre sí. La corte puede dictar órdenes relativas a las mismas cuestiones identificadas en una disolución del matrimonio. Si solicita una acción de separación legal, puede modificar su petición antes del fallo para solicitar la disolución del matrimonio. Eso le permitirá "poner en marcha el reloj" del periodo de espera para el divorcio (seis meses desde de la entrega legal), siempre que siga algunas instrucciones especiales.

Anulación:

La anulación es más conocida como anulación del matrimonio. Solo puede solicitarse si una de las partes alega incesto, bigamia, menor sin consentimiento de los padres, locura, fraude, matrimonio forzado o incapacidad para consumar el matrimonio.

Pareja de hecho:

La disolución de una pareja de hecho pone fin a la relación de pareja. Debe ser residente del estado de California, ambas partes no tienen que estar de acuerdo con la disolución y se necesita un mínimo de seis meses para que esta acción sea definitiva.

Manutención de los hijos y del cónyuge:

Para obtener o modificar las órdenes de manutención familiar, establecer la filiación o hacer cumplir las órdenes de manutención familiar existentes, el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos está disponible para ayudarle. La información sobre esta oficina está disponible en el sitio web del Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos de California.

Adopciones: Privada y por parte del padrastro:

Antes de otorgar una petición de adopción, la corte autoriza una investigación de los padres adoptivos, independientemente de si son parientes de los hijos o padrastros. Las partes están obligadas a pagar por estas investigaciones. Normalmente, la corte también considerará las peticiones de cese de la patria potestad de los padres que renuncian a sus hijos en este proceso.

Violencia en el hogar:

Las partes que alegan violencia en el hogar pueden solicitar una orden de restricción por violencia en el hogar.

Establecimiento de la relación parental:

También se denominan "casos de paternidad". La corte puede emitir un fallo sobre la relación parental en estos asuntos que tendrán efecto sobre la manutención de los hijos, el régimen de visitas y la custodia.

Custodia de los hijos, manutención y régimen de visitas:

Incluso después de que se hayan resuelto las cuestiones matrimoniales y de pareja de hecho, la corte conserva la jurisdicción sobre las cuestiones que afectan a los hijos menores en estos actos procesales hasta que estos hijos cumplan 18 años de edad (o 19 años de edad si todavía están en la escuela preparatoria). Las partes pueden presentar peticiones para modificar la custodia, la manutención y el régimen de visitas siempre que las circunstancias lo justifiquen.

Emancipación de los menores:

Un menor puede solicitar la corte una declaración de emancipación si tiene al menos 14 años, vive voluntariamente separado de sus padres y gestiona sus propios asuntos económicos.

Video de orientación

Orientación sobre la mediación de la corte familiar y el asesoramiento de recomendaciones para la custodia de los hijos

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